domingo, 15 de septiembre de 2013

LEGISLACIÓN NACIONAL


2.1 CÓDIGO SUSTANTIVO DE TRABAJO
Artículo 56, es obligación de los empleadores brindar protección y seguridad a sus trabajadores.

2.2 LEY 9 DE ENERO 24 DE 1979
Por la cual se establecen normas para preservar , conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.

2.3 RESOLUCIÓN 02400 DE MAYO 22 DE 1979
A través de la cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social establece algunas disposiciones sobre vivienda , higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo. La última parte de esta importante resolución establece el Estatuto de Seguridad Industrial.

2.4 DECRETO LEY No. 614 DE MARZO 14 DE 1984
Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país.

2.5 RESOLUCIÓN 2013 DE 1986
Emanada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de salud ocupacional: elección, funciones y obligaciones, entre otros aspectos.

2.6 RESOLUCION NUMERO 1016 DE MARZO 31 DE 1989
Por la cual los ministros de trabajo y seguridad social y salud reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en el país.

2.7 CARTA POLÍTICA DE 1991
Estableció en el artículo 48 que la seguridad social es un servicio público de carácter obligatorio que se tiene que prestar de una manera eficiente bajo la dirección, coordinación y control del estado y que además, es un derecho irrenunciable de todos los colombianos.

2.8 RESOLUCIÓN 6398 DE DICIEMBRE DE 1.991
Del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sobre la obligatoriedad del empleador de ordenar la práctica de exámenes médicos de admisión, y la no renuncia a prestaciones por perturbaciones o deficiencias al momento de establecer una relación laboral con empresas inscritas en el sistema de seguridad social

2.9 LEY 100 DE 1993
Consagra la obligatoriedad de la afiliación de los trabajadores al Sistema de Seguridad Social y establece amparos para la enfermedad general y la maternidad, cobertura para la pensión de vejez y de invalidez derivada de enfermedad y riesgo común, así como cobertura para las consecuencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

2.10 DECRETO NO. 1835 DE AGOSTO 3 DE 1994
Por el cual el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social reglamenta las actividades de alto riesgo de los servidores públicos y se adopta la tabla de enfermedades profesionales.

2.11 DECRETO No. 1832 DE AGOSTO 3 DE 1994
Por el cual se determina la tabla de enfermedades profesionales.

2.12 DECRETO LEY 1295 DE 1994
Por el cual se determina la organización y administración del sistema general de riesgos Profesionales con el fin de prevenir , proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades profesionales y los accidentes de trabajo.

2.13 RESOLUCIÓN 3941 DE 1.994
Del Ministerio de Trabajo, donde determina que la práctica de la prueba de embarazo como prerrequisito para que la mujer pueda acceder a un empleo u ocupación queda prohibida, excepto para aquellos empleadores de actividades catalogadas legalmente como de alto riesgo.

2.14 DECRETO 1436 DE 1995
Donde se reglamenta el Manual de Calificación de invalidez.

2.15 DECRETO 2150 DE 1995
Donde, en el Artículo 116 se refiere a la inscripción de las empresas clasificadas como de alto riesgo (clases 4 y 5) a las Direcciones Regionales y Seccionales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social antes del 5 de Febrero de 1996.

2.16 DECRETO 1530 DE 1996
Donde se reglamentan los procedimientos de afiliación a las ARP, de clasificación de empresas con varios frentes de trabajo, reporte e investigación de accidentes de trabajo con muerte del trabajador y actividades relacionadas con empresas de servicios temporales: afiliación al Sistema de Seguridad Social, suministro de elementos de protección personal, inducción al programa y actividades a cargo de las empresas usuarias.

2.17 DECRETO No. 806 DEL 30 DE ABRIL DE 1998
Por el cual se reglamenta la afiliación al Régimen de Seguridad Social en Salud y la prestación de los beneficios del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud y como servicio de interés general, en todo el territorio nacional.

2.18 DECRETO 917 DE 1999
Por el cual se establece el Manual Único para la Calificación de Invalidez.

2.19 RESOLUCION No. 2569 DE SEPTIEMBRE 1 DE 1999
Por la cual se reglamenta el proceso de calificación de los eventos de salud en primera instancia, dentro del sistema de seguridad social en salud

2.20 DECRETO No. 047 DEL 19 DEL 2000
Por el cual se expiden normas sobre afiliación y se dictan otras disposiciones.

2.21 DECRETO No. 1703 DEL 2 DE AGOSTO DEL 2002
Por el cual se adoptan medidas para promover y controlar la afiliación y el pago de aportes en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

2.22 DECRETO No. 2400 DEL 25 DE OCTUBRE 2002 , ARTICULO 2. Parágrafo 2
En el que se establece evento de que la persona desafilada adquiera capacidad de pago antes que opere la pérdida de antigüedad, debe reingresar a la misma EPS a la cual se encontraba afiliado, cuando no cumpla con los requisitos para ejercer el derecho a la movilidad. Será suficiente el reporte de novedades para efectuar su reafiliación.

2.23 ACUERDO No. 000260 DEL 4 DE FEBRERO DEL 2004
Por el cual se define régimen de pagos compartidos y cuotas moderadoras dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

2.24 DECRETO No. 2423 DEL 2 DE AGOSTO DEL 2004
Por el cual se establece mecanismos tendientes a garantizar la continuidad en la prestación del servicio público de salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

2.25 LEY 755 DEL 23 DE JULIO DEL 2002
Por la cual se modifica el parágrafo del art. 236 del Código Sustantivo del Trabajo – Ley Maria.

2.26 LEY 797 DEL 29 DE ENERO DEL 2003
Por el cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes pensionales exceptuados y especiales.

2.27 LEY 860 DEL 26 DE DICIEMBRE DEL 2003
Por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones.

2.28 DECRETO No. 2090 DEL 26 DE JULIO DEL 2003
Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.